cuanto cuesta un abogado en Zaragoza

El asunto Contencioso de Divorcio Desunión se podrá instruir por cada una de las partes, a Petición de parte, por un solo cónyuge o indistintamente por cada 1 de los <strong>cónyuges. El procedimiento se implantará con respecto a lo concreto para los juicios verbales . Una de las singularidades que tiene este asunto es que la disputa a la misma formará de forma escrita. Presentemente, a la demanda de inicio, la legislación exige unos anexos.





Los Letrados y Representados y deberán conducir a los casados a la celebración de la Vista, a la misma, deberán que personarse los mariados, en el supuesto, que una de demandantes no compareceiese, lo detallado manifestado por una de los comparecientes, serán aprobados.





Casando con la Vista del Proceso, los maridos detallarán los hechos y se establecerán a cabo las razonespropuestas por los contrayentes. En el termino de 30 días se tendrá que llevar a cabo la práctica de la prueba, siempre que no sea posible, ejecutarlas en el Hecho de la Vista.





El Informe del Organismo Fiscal será documentado a solicitud del Magistrado en el caso que hubiese descendientes menores de edad. Siendo obligatorio por parte del Magistradoatenderlos en el caso que tengan más de 12 años y si se compruebaque tienen el juicio suficiente si no acreditaran esa edad, se tendrá en cuenta, en todotiempo, respetando su intimidad y privacidad.





La parte del proceso de Vista se dará por concluida, una vez realizada la prueba, el Juez dictará la Sentencia, admitiendo o desechando el Divorcio. En el supuesto que se permitiese el Divorcio, se reflejará en dicha Sentencia las consecuencias del mismo: Subsidio que debe abonarse. Protección y guarda de menores. Sistema de visitas. Uso





La Audiencia Provincial es el Organo apropiadopara la firmeza definitiva en el caso, que se presentase solicitud de Apelación ante el Juez que dicto la sentencia. Los computos para solicitar el escrito de apelación son cinco días, posteriores a la comunicación de la sentencia y 20 días para la expresión del recurso, apropiadamente expresado ante la Audiencia Provincial.