abogado matrimonialista en Zaragoza

La de la Demanda de IndependenciaContencioso, se realizará, a solicitudde instancia de 1 de los dos maridos. El juicio verbal es el, género por el que cursará el Contencioso. La diferencia que tiene este procedimiento recae en que la alteración a la Solicitud se inventará por escrito. La ley actual exige una cadena de documentación que se unirá a la solicitud.





En base a la documentación diligenciada, el Juez autorizado de la resolución del mismo, celebrará la Vista, en la que se notificarán a ambos maridos, en el momento, que no se personase uno de los cónyuge, se considera como permitido lo manifestado por la parte compareciente. El procedimiento exige que la asistencia ante el Juzgado deba tramitarse con Procurador y Abogado.





Con los escritos admitidas y manifestadas, por cada solicitante, y en en la misma Parte, se expondrán los hechos alegados. Si en el momento de del desarrollo, dichas pruebas no pueden manifestarse, el Magistrado podrá decidir que se lleven a cabo de forma posterior, dentro de la fecha de treinta días naturales consecutivos a la Vista.





En todo momentose venerará la secreto, confidencialidad e intimidad, se consideraráque en la formulación que declaren los menores de edad en el Juicio de Divorcio. El Magistrado exhortará Informe al Organo Fiscal si los niños son menores de edad, si se dan las circunstancias, que tengan más de doce años los atenderá, y a los que no lleguen a dicha edad, si se demuestra sensatez de valor





El ditamen dictaminará si si se produce o no el Divorcio conflictivo, está se establecerá posterior a laconocimiento de la prueba.

En el caso que se acordase la Solicitud de Divorcio, el veredicto recogerá la trascendencia que el mismo determina: Disfrute de la vivienda familiar, Pensión, Custodia y Guarda de los hijos.





La Audiencia Provincial es el Organo convenientepara la resolución definitiva en el caso, que se presentase instancia de Apelación ante el Juez que expreso la sentencia. Los plazos para demandar el escrito de apelación son 5 días, secuenciales a la comunicación de la sentencia y veinte días para la presentación de la reclamación, apropiadamente cimentado ante la Audiencia Provincial.