abogado divorcio sevilla en Zaragoza

Cada una de las partes individualmente, o bien, las dos partes en cuestión, podrán iniciar la Iniciación del Divorcio Contencioso.

El procedimiento verbal, será el modelo pertinente para la tramitación del procedimiento de Divorcio Contencioso. Se presentará mediante Expediente, a iniciativa de uno de los casados. La Normatiava, establece, que dicha Demanda estará sujeta a la normativa vigente, a la petición se unirá una serie de documentación. La normativa priorice que se formalice por escrito la respuesta a la Demanda.





La compaarencia ante el Juez será posterior, siendo exigido asistir ambos conyuges, en caso contrario, se admitirá como prueba lo manifestado por la parte compareciente. Los Letrados y Procuradores deberán acompañar a los consortes.





La propuesta de las ensayos que acrediten los hechos razonados por los cónyugestrong>s se manifestaranen el proceso en la etpa de la Vista. El Juez derterminará, si hay hechos fundamentados que no se puedan indicaren ese Acto, que se declaren en un periodo no superior a 30 días ulterior al Acto.





El Organo Fiscal, a iniciativa del Magistrado, expedirá Informe al Juzgado que vea el procedimiento. Si los menoresson superiores de 12 años los atenderá, y en el supuesto, que se constante que son menores de esta edad, si tienen suficiente sabiduría, lo hará también. El derecho a la intimidad y confidencialidad se tendrá en cuenta en todotiempo.





El veredicto dictaminará si se acuerda o no el Divorcio conflictivo, está se instituirá posterior a laconocimiento de la prueba.

En el imaginario que se pactase la Solicitud de Divorcio, el dictamen recogerá los efectos que el mismo determina: Uso de la vivienda familiar, Subsidio, Custodia y Guarda de los hijos.





La Audiencia Provincial es el Organo competentepara la sentencia definitiva en el caso, que se adjuntase solicitud de Apelación ante el Juez que impuso la sentencia. Los terminos para expresar el escrito de apelación son 5 días, ulteriores a la comunicación de la sentencia y 20 días para la presentación de la interposición, formalmente expresado ante la Audiencia Provincial.